bt2 asociados realiza la documentación necesaria y la tramitación para la solicitud de la Licencia Municipal de ocupación de terrenos de dominio público de titularidad municipal de espacios libres privados de uso público, en el ayuntamiento de Valencia, para la instalación de terrazas vinculadas a establecimientos de hostelería.
En bt2 asociados gestionamos la solicitud de terrazas, toldos y elementos generadores de calor o frio, en el Ayuntamiento de Valencia.
Existen dos tipos de autorización para la ocupación del dominio público para bares, restaurantes, cafeterías ….en Valencia
· Anual.
· Temporada (1 de marzo al 31 de octubre).
¿QUÉ LOCAL PUEDE SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON TERRAZA?
Los establecimientos destinados únicamente al ejercicio de actividad sometido al ámbito de aplicación de la normativa de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, dedicados a las actividades de hostelería y restauración.
Los locales destinados exclusivamente al servicio de bebidas, que se encuentren en posesión de licencia de funcionamiento, si en el citado local cuentan en su interior con zona habilitada para la prestación del servicio con mesas y sillas.
Las concesiones de kioscos en jardines de titularidad municipal cuya actividad principal sea asimilable al ejercicio de la hostelería.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO
1.-Que el local tenga concedida de la LICENCIA DE APERTURA.
Solo en ese momento se puede efectuar su primera petición mediante escrito acompañado de la documentación presentada en los términos y medios legalmente admitidos, en cualquier momento del año desde la obtención de la licencia de funcionamiento del local.
2.- Documentación a presentar
A. Instancia de solicitud de licencia para la ocupación de la vía pública
B. Referencia Catastral del inmueble donde se desarrolla la actividad.
C. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento, por cualquier concepto.
D. Memoria Descriptiva de las características de los elementos del mobiliario que se pretende instala y fotografía de los mismos.
E. Plano a escala en tamaño A4, que recoja:
a. Planta viaria de la zona, acotando claramente: el ancho de acera y la longitud de la fachada del local.
b. Espacio y superficie cuantificada a ocupar por la terraza, acotando sus dimensiones, distancia al bordillo y a la fachada.
c. Elementos existentes en la vía pública, tales como árboles, semáforos, papeleras, farolas, armarios de instalación del servicio público, señales de tráfico, contenedores de basura, bancos, y cualesquiera otros que permitan conocer el espacio libre existente para compatibilizar el resto de usos permitidos en la vía pública con la instalación pretendida.
3.- Instalación de terraza en una superficie que exceda del ancho de fachada del establecimiento.
Además de la documentación antes citada en el punto 2, deberá aportar:
Deberá acreditarse la conformidad de las personas o entidades titulares de la actividad en los locales inmediatamente contiguos o inmuebles colindantes, frente a los que se pretenda instalar la terraza.
4.-Instalacion en la terraza de toldos:
Además de la documentación antes citada en el punto 2, deberá aportar:
a. Certificado Técnico en el que se garantice la seguridad y estabilidad de la instalación, en base al dimensionado estructural realizado considerando en su cálculo las distintas hipótesis de esfuerzos al viento, peso propio, anclajes, etc.
b. Planos de planta, sección y detalles que definan el toldo en todos sus componentes, forma, dimensiones, color, material, publicidad, etc.
c. Deberá acreditarse, la conformidad de los vecinos de la primera planta del edificio, cuando el toldo se pretenda instalar a una distancia inferior a 2,00 metros del voladizo del inmueble.
5.-Instalacion en la terraza elementos generadores de calor o frío.
Además de la documentación antes citada en el punto 2, deberá aportar:
1. Garantía de Calidad y Certificado de Homologación de la Comunidad Europea.
2. Contrato con empresa aseguradora en el que se contemple dicha instalación de estufas en la terraza.
3. Si se trata de una estufa de propano, contrato con empresa de mantenimiento especializada en instalaciones de GLP y sus derivados.
6.- Instalación de terraza en espacios libres privados de uso público y dominio privado:
Además de la documentación antes citada, deberá acreditarse, la autorización de quien posea la propiedad de ese espacio el que se autorice dicha ocupación.
7.- Instalación de terraza en pubs y establecimientos con licencia de actividad con ambiental musical.
Además de la documentación antes citada deberán cumplir, las siguientes condiciones:
Plano del local, en el que se señalará el vestíbulo de entrada y memoria de instalación con doble puerta de muelle de retorno a posición cerrada, que garantice en todo momento, el aislamiento acústico necesario en fachada, incluidos los instantes de entrada y salida.
TASAS DE OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO POR MESAS Y SILLAS.
Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.se determinarán por la aplicación de las siguientes tarifas, atendiendo a la categoría de la vía pública donde radique el aprovechamiento y en función de la superficie cuya ocupación queda autorizada en virtud de la licencia, o la realmente ocupada si fuera mayor:
* Tarifas vigentes durante 2018
La liquidación de la tasa la recibirá por correo, posteriormente a la recepción de la autorización de ocupación. El devengo de la tasa es anual y se produce en el momento de iniciarse los aprovechamientos y sucesivamente el 1 de enero de cada año.
¿DÓNDE SE PRESENTA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO DE MESAS Y SILLAS?
· REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
· REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
· JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO
· ALCALDÍAS DE BARRIO
RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO POR MESAS Y SILLAS.
La renovación es automática en ejercicios siguientes, una vez obtenida la autorización, si no se produce modificación alguna en las condiciones espaciales de la ubicación de los elementos instalados en la terraza o de titularidad del local afectado.
Si el titular no comunica, su voluntad contraria a la renovación, al menos con dos meses de antelación a la finalización del periodo liquidado, también se renueva automáticamente.
SANCIONES POR LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO
No tener la licencia concedida colocada en sitio visible.
Exceder del número de mesas y silla, y que sobrepasen las dimensiones de las instalaciones según la licencia concedida, podrán ser sancionados con multas de hasta 1.500 euros
Los hosteleros que no delimiten su terraza perderán la licencia para poner mesas y sillas.
Modificar las dimensiones de la terraza tras la inspección del servicio de Ocupación del Dominio Público, perderá su licencia de terraza.
bt2 asociados registra o visa en el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia, todos sus documentos (a petición del cliente) pues es la garantía que el técnico que lo redacta cumple con todos los requisitos legales para ejercer su profesión.
bt2 asociados ofrece al cliente la mejor y más completa oferta de servicios técnicos para la autorización para la ocupación del dominio público en Valencia y provincia.
Nuestra oficina se encuentra en Valencia capital, y realizamos todos los Trámites necesarios para solicitar la autorización para la ocupación del dominio público de mesas y sillas de su negocio, así como en todos los municipios de provincia como Torrente, Burjassot, Meliana, Almàssera, Paterna, San Antonio de Benagéber, L´Eliana, La Pobla de Vallbona, Lliria, Puçol, La Pobla de Farnals, Alboraia, Tavernes Blanques, Mislata, Xirivella, Albal, Picassent, Catarroja, Paiporta, Montserrat, Sagunto, Buñol, Chiva, Cheste, Requena, Utiel, etc.
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