El titular de la autorización sanitaria de funcionamiento está obligado a comunicar todos los cambios que se produzcan en la plantilla sanitaria (altas y bajas). Todos los profesionales que desarrollen su actividad en los centros y servicios sanitarios deberán estar en posesión de la titulación legalmente requerida, o la habilitación profesional correspondiente, para la actividad que realicen y, en su caso, de su colegiación profesional cuando ésta fuera obligatoria. Los centros y servicios sanitarios dispondrán de un Director Técnico-Asistencial o Responsable Técnico, que será un profesional sanitario.
El desempeño del Responsable Técnico requerirá estar en posesión de un título académico oficial en el ámbito de las ciencias de la salid, en grado igual o superior al exigible para la prestación de la oferta asistencial autorizada, con validez en todo el territorio español, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación sobre profesiones sanitarios, así como de la colegiación profesional correspondiente cuando sea legalmente obligatoria.
Durante el tiempo de apertura los centros estarán atendidos por su responsable sanitario o por otros profesionales sanitarios pertenecientes a la plantilla del centro que posean titulación igual o suficiente para la atención a prestar. En el centro estará permanentemente disponible y accesible a los servicios de inspección de la CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA, competente en materia de sanidad la documentación que indique la plantilla actualizada y completa del personal con acreditación de su titulación y detalle de su dedicación y funciones.
En BT2 ASOCIADOS redactamos los documentos necesarios si su centro, consulta o clínica sanitaria ha producido una ampliación de plantilla sanitaria actual. Con la ampliación sanitaria, se aportará, además: títulos y seguros de las nuevas incorporaciones, con indicación de la dedicación y adscripción a las distintas unidades.
Igualmente se incorporará:
Memoria descriptiva que incluirá como mínimo:
a) Tipología y finalidad asistencial
b) Organización general y memoria de actividades, incluyendo proyecto de plantilla de personal con especificación del organigrama y funciones del personal.
En BT2 ASOCIADOS te ayudamos con la elaboración de toda la documentación correspondiente a la modificación de la plantilla del personal sanitario, sin variación de la oferta asistencial, de todos los tipos de centros y servicios sanitarios detallados a continuación:
La tramitación de realizarse íntegramente por procedimiento electrónico, por lo que una vez determinado el tipo de autorización a solicitar, y preparada la documentación exigible, hay que hacer el registro de la solicitud a través de la plataforma digital habilitada a tal efecto en la página web oficial de la Generalitat Valenciana.
Tenemos una amplia experiencia en la Solicitud de Autorización de funcionamiento, modificación, renovación, cierre e instalación de Centros y Servicios Sanitarios en Valencia y provincia.
Nos involucramos en resolver tus dudas
¡Llámanos ya!
Y pide presupuesto
Tel: 963 944 777 - 646 090 202