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CAMBIOS DE PLANTILLA DE  CENTROS  Y SERVICIOS SANITARIOS

  El titular de la autorización sanitaria de funcionamiento está obligado a comunicar todos los cambios que se produzcan en la plantilla sanitaria (altas y bajas). Todos los profesionales que desarrollen su actividad en los centros y servicios sanitarios deberán estar en posesión de la titulación legalmente requerida, o la habilitación profesional correspondiente, para la actividad que realicen y, en su caso, de su colegiación profesional cuando ésta fuera obligatoria. Los centros y servicios sanitarios dispondrán de un Director Técnico-Asistencial o Responsable Técnico, que será un profesional sanitario.

  El desempeño del Responsable Técnico requerirá estar en posesión de un título académico oficial en el ámbito de las ciencias de la salid, en grado igual o superior al exigible para la prestación de la oferta asistencial autorizada, con validez en todo el territorio español, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación sobre profesiones sanitarios, así como de la colegiación profesional correspondiente cuando sea legalmente obligatoria.

  Durante el tiempo de apertura los centros estarán atendidos por su responsable sanitario o por otros profesionales sanitarios pertenecientes a la plantilla del centro que posean titulación igual o suficiente para la atención a prestar. En el centro estará permanentemente disponible y accesible a los servicios de inspección de la CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA, competente en materia de sanidad la documentación que indique la plantilla actualizada y completa del personal con acreditación de su titulación y detalle de su dedicación y funciones.

  En BT2 ASOCIADOS redactamos los documentos necesarios si su centro, consulta o clínica  sanitaria ha producido una ampliación de plantilla sanitaria actual. Con la ampliación sanitaria, se aportará, además: títulos y seguros de las nuevas incorporaciones, con indicación de la dedicación y adscripción a las distintas unidades.

  Igualmente se incorporará:

  Memoria descriptiva que incluirá como mínimo:

   a) Tipología y finalidad asistencial

   b) Organización general y memoria de actividades, incluyendo proyecto de plantilla de        personal con especificación del organigrama y funciones del personal.



¿Qué puede hacer BT2 ASOCIADOS por mi?

  En BT2 ASOCIADOS te ayudamos con la elaboración de toda la documentación correspondiente a la modificación de la plantilla del personal sanitario, sin variación de la oferta asistencial, de todos los  tipos de centros y servicios sanitarios detallados a continuación:

  • Clínicas Dentales
  • Clínicas Veterinarias
  • Residencias para Mayores
  • Centro Médico-Estéticos
  • Laboratorios
  • Centros de Tatuajes y Acupuntura
  • Farmacias
  • Centros Médicos
  • Otros profesionales de la salud
  • Servicios Funerarios


¿Qué tipo de documentación es necesaria para su presentación?

  • Impreso de Comunicación de variación de plantilla sanitaria sin variación de oferta asistencial.
  • Documentos acreditativos de la identidad del titular y del solicitante y, en su caso, de la  representación que ostente. Si el titular del centro es una persona jurídica deberá aportar las escrituras vigentes de la sociedad inscritas en el registro oficial correspondiente, además de certificación del acuerdo del órgano correspondiente de creación del centro, servicio y establecimiento sanitario.
  • Si alguno de estos documentos ya fue aportado con anterioridad (autorización de instalación, funcionamiento, modificación, renovación…), bastará con que se indique en que procedimiento fueron aportados. Únicamente deberían de aportarse si se ha producido alguna modificación.
  • En el caso de nuevas incorporaciones: titulación académica de los nuevos profesionales  sanitarios del centro, así como, en su caso, certificado de colegiación actual expedido por el Colegio Profesional correspondiente y aportación de la póliza de responsabilidad civil  de los mismos junto con el recibo vigente acreditativo de su abono.

 

¿Cómo tramitar una Autorización Sanitaria de un centro, consulta, gabinete o clínica médica?

  La tramitación de realizarse íntegramente por procedimiento electrónico, por lo que una vez determinado el tipo de autorización a solicitar, y preparada la documentación exigible, hay que hacer el registro de la solicitud a través de la plataforma digital habilitada a tal efecto en la página web oficial de la Generalitat Valenciana. 

  Tenemos una amplia experiencia en la Solicitud de Autorización de funcionamiento,      modificación, renovación, cierre e instalación de Centros y Servicios Sanitarios en Valencia y provincia.


Nos involucramos en resolver tus dudas

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